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Con concepto favorable de la procuraduría, defensoría del espacio público solicitó participar en proceso judicial

La solicitud formal(intervención) se presentó ante el Juzgado 41 civil  del Circuito

Desde el año 2002, el predio tiene como condición de uso, zona de control ambiental 1

El demandante, invasor del predio, desde el 2005 cercó el lugar y hoy está haciendo aprovechamiento económico del predio

Bogotá, D.C., agosto 2 de 2019. La Defensoría del Espacio Público-Dadep, con la intervención de la Procuraduría General de Nación, ha solicitado formalmente al despacho del Juez 41 Civil del Circuito participar en el proceso judicial que se encuentra en desarrollo, sobre el predio ubicado en la Av. Centenario Cra. 88 No.17-01, el cual cuenta con un área de 558.78 m2 de un predio de mayor extensión, con folio de matrícula inmobiliaria No. 050 C 01728210.

La acción judicial corresponde a un proceso de pertenencia iniciado por un particular, quien se apoderó de este predio. Lo anterior, fue verificado mediante un informe técnico realizado por la Subdirección de Registro Inmobiliario del Dadep, en el cual, se evidencia que el predio en cuestión, en su totalidad, se encuentra ubicado en una zona de control ambiental 1.

En 2005, el privado ingresó de manera ilegal e instaló un cercado con postes de madera y alambre de púas y actualmente se encuentra haciendo uso económico indebido de éste, con un parqueadero.

Una zona de control ambiental 1 es una franja de cesión gratuita y no edificable que se extiende a lado y lado de las vías arterias, con el objetivo de disminuir el impacto ambiental y paisajista de diferentes zonas de la ciudad. Los criterios de diseño para la incorporación de arbolado e intervención de la zona verde de estas franjas identifican los beneficios generados por estas zonas y especifican cuáles son las nuevas tecnologías que pueden ser implementadas sin afectar su función.

Por lo anterior, la Defensoría del Espacio Público reitera su interés por formar parte de este proceso en el cual, un particular pretende adquirir una propiedad, desconociendo su naturaleza y destinación que debe redundar en beneficio de todos los bogotanos.