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Tribunal Administrativo de Cundinamarca revocó tutela de vendedora informal Carmenza Vargas García

En histórico fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca se determinó revocar la sentencia del Juzgado 18 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, que ordenó el retorno de la vendedora informal, Carmenza Vargas García, a su puesto de comercio informal ubicado en la calle 72 con carrera 12.

El tribunal Administrativo de Cundinamarca luego de reconocer la labor que adelanta el Distrito, para la construcción de una nueva cultura del aprovechamiento, goce y disfrute del espacio público, bajo el liderazgo de la Defensoría del Espacio Público y el IPES (Instituto Para la Economía Social) desde donde se le ofrecieron alternativas de empleo directo, con las grandes superficies, y con las ventajas que esto implica en materia de seguridad social y el pago de parafiscales y luego, que se destinara un quiosco ubicado en la calle 47 con Avenida Caracas, en el que la demandante inicialmente aceptó su reubicación, pero posteriormente se retractó, determinó:

Primero: Revocar la sentencia del 22 de febrero de 2016 proferida por el Juzgado 18 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá que tuteló los derechos fundamentales al debido proceso, trabajo y mínimo vital de la señora Carmenza Vargas García, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia. 

Segundo: Declarar la carencia actual de objeto por hecho superado, como quiera que se satisfizo por completo la pretensión contenida en la demanda de amparo, pues, el Instituto Para la Economía Social - IPES hizo un ofrecimiento formal a la señora Carmenza Vargas García de las alternativas de Quioscos disponibles con el fin de salvaguardar sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo y mínimo vital, razón por la cual, no se impartirá orden alguna a las entidades accionadas.

Tercero: Notificar este fallo a todos los interesados, por el medio más ágil y eficaz disponible, y remitir el expediente ante la Corte Constitucional, Sala de 24 Carmenza Vargas García Expediente 2016-00048 Acción de Tutela Revisión, para los fines a que hubiere lugar de conformidad con lo señalado en el artículo 32 del Decreto 2591 del 19 de noviembre de 1991.

Antecedentes:
El 9 de febrero de 2016 la señora Carmenza Vargas García interpuso acción de tutela contra la Alcaldía Mayor de Bogotá - Secretaria Distrital de Gobierno de Bogotá - Alcaldía Local De Chapinero - Instituto Para La Economía Social (IPES) – Defensoría del Espacio Público - Personería De Bogotá - Policía Metropolitana de Bogotá con el fin de que sean tutelados sus derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital, a la vida en condiciones dignas y a la salud, y se ordené a quien corresponda.