
PREGUNTAS FRECUENTES
Es una estrategia de revitalización urbana y sostenibilidad del espacio público que permite el aprovechamiento económico a través de dos actividades:
- Extensión comercial de actividades gastronómicas, es decir, la instalación temporal de mesas, sillas y mobiliario autorizado en los espacios públicos permitidos, inmediatamente colindantes al local comercial de establecimientos del sector gastronómico.
- Comercialización de comida en vehículos, Que permite la venta de comidas preparadas en remolques, semirremolques, pequeños remolques y vehículos, a establecimientos de comercio, debidamente registrados y representados Cámara y Comercio de Bogotá.
Debes presentar tu solicitud ante la Defensoría del Espacio Público (DADEP):
- Ventanilla única del SuperCADE CAD (Carrera 30 #25-90, módulos D151 y D152)
- Correo: dadepbogota@dadep.gov.co
- También puedes consultar los requisitos Protocolo de aprovechamiento BACA, en el portal www.dadep.gov.co.
- Recuerda: ningún funcionario está autorizado para recibir dinero por las inscripciones.
- Extensión comercial de actividades gastronómicas.
- Comercialización de comida en vehículos o remolques.
El valor se calcula según variables como el área ocupada, el tiempo de uso y el valor comercial del suelo.
El pago puede hacerse en dinero o en especie (por ejemplo, mantenimiento o embellecimiento del espacio público).
Solo los establecimientos del sector gastronómico y los propietarios de vehículos autorizados para venta de comida, registrados ante la Cámara de Comercio.
No. La estrategia está dirigida únicamente a establecimientos formales del sector gastronómico y no regula la venta informal.
No. Solo pueden hacerlo quienes estén formalmente registrados en actividades gastronómicas o de comercialización de comida.
Las Zonas BACA (autorizaciones grupales) pueden retribuir en especie, por ejemplo:
Arreglos de andenes, instalación de luminarias o cámaras, mantenimiento de mobiliario urbano.
Las autorizaciones individuales (Espacios BACA) realizan la retribución únicamente en dinero.
- Espacios individuales: La secretaría Distrital de Hacienda o la entidad administradora del espacio público según corresponda.
- Zonas grupales: pueden retribuir en especie mediante proyectos de mantenimiento, mejoramiento y preservación del entorno.
Sí. Se deben respetar los niveles de ocupación:
- Baja: hasta el 16% del área autorizada.
- Media: entre 16% y 31%.
- Alta: entre 32% y 64%.
Esto garantiza la libre circulación peatonal.
El mobiliario autorizado incluye: Mesas, sillas, parasoles, calentadores autosostenibles y materas (Dimensiones máximas de 90 cm y separación entre materas mínima de 1m).
No. Los costos de inversión, compra de mobiliario o vigilancia son asumidos por el solicitante.
Mantener el espacio en buenas condiciones urbanas y ambientales, realizar su mantenimiento y devolverlo en igual o mejor estado al finalizar la autorización.
El control está a cargo de:
- Alcaldías Locales, en coordinación con Inspecciones de Policía y Policía Nacional
- Secretarías de Salud, Ambiente, Desarrollo Económico
- Cuerpo Oficial de Bomberos, y demás autoridades distritales competentes.




