Pasar al contenido principal

PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

Es una estrategia de revitalización urbana y sostenibilidad del espacio público que permite el aprovechamiento económico a través de dos actividades:

  • Extensión comercial de actividades gastronómicas, es decir, la instalación temporal de mesas, sillas y mobiliario autorizado en los espacios públicos permitidos, inmediatamente colindantes al local comercial de establecimientos del sector gastronómico.
  • Comercialización de comida en vehículos, Que permite la venta de comidas preparadas en remolques, semirremolques, pequeños remolques y vehículos, a establecimientos de comercio, debidamente registrados y representados Cámara y Comercio de Bogotá.

Debes presentar tu solicitud ante la Defensoría del Espacio Público (DADEP):

  • Ventanilla única del SuperCADE CAD (Carrera 30 #25-90, módulos D151 y D152)
  • Correo: dadepbogota@dadep.gov.co
  • También puedes consultar los requisitos Protocolo de aprovechamiento BACA, en el portal www.dadep.gov.co.
  • Recuerda: ningún funcionario está autorizado para recibir dinero por las inscripciones.
  • Extensión comercial de actividades gastronómicas.
  • Comercialización de comida en vehículos o remolques.

El valor se calcula según variables como el área ocupada, el tiempo de uso y el valor comercial del suelo.

El pago puede hacerse en dinero o en especie (por ejemplo, mantenimiento o embellecimiento del espacio público).

Solo los establecimientos del sector gastronómico y los propietarios de vehículos autorizados para venta de comida, registrados ante la Cámara de Comercio.

No. La estrategia está dirigida únicamente a establecimientos formales del sector gastronómico y no regula la venta informal.

No. Solo pueden hacerlo quienes estén formalmente registrados en actividades gastronómicas o de comercialización de comida.

Las Zonas BACA (autorizaciones grupales) pueden retribuir en especie, por ejemplo:
Arreglos de andenes, instalación de luminarias o cámaras, mantenimiento de mobiliario urbano.
Las autorizaciones individuales (Espacios BACA) realizan la retribución únicamente en dinero.

  • Espacios individuales: La secretaría Distrital de Hacienda o la entidad administradora del espacio público según corresponda.
  • Zonas grupales: pueden retribuir en especie mediante proyectos de mantenimiento, mejoramiento y preservación  del entorno.

Sí. Se deben respetar los niveles de ocupación:

  • Baja: hasta el 16% del área autorizada.
  • Media: entre 16% y 31%.
  • Alta: entre 32% y 64%.

Esto garantiza la libre circulación peatonal.

El mobiliario autorizado incluye: Mesas, sillas, parasoles, calentadores autosostenibles y materas (Dimensiones máximas de 90 cm y separación entre materas mínima de 1m).

No. Los costos de inversión, compra de mobiliario o vigilancia son asumidos por el solicitante.

Mantener el espacio en buenas condiciones urbanas y ambientales, realizar su mantenimiento y devolverlo en igual o mejor estado al finalizar la autorización.

El control está a cargo de: 

  • Alcaldías Locales, en coordinación con Inspecciones de Policía y Policía Nacional
  • Secretarías de Salud, Ambiente, Desarrollo Económico
  • Cuerpo Oficial de Bomberos, y demás autoridades distritales competentes.