¿Qué son las Asociaciones Público Privadas o APP?
Son un instrumento que permite la vinculación de capital privado para proveer bienes y servicios públicos asociados a una infraestructura, garantizando su ejecución, operación y mantenimiento. Se caracterizan porque el privado asume una parte importante de los riesgos, operación de largo plazo del proyecto, mecanismos de pago, relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura y/o servicio, la inversión del proyecto superara los seis mil salarios mínimos legales vigentes
¿Qué es una APP de iniciativa pública?
Es un proyecto estructurado por la entidad pública en búsqueda de la participación del sector privado, que se adjudica mediante licitación pública y cuyas fuentes de financiación pueden ser: por parte del Distrito, hasta un 20% del valor de la inversión; la explotación económica de la infraestructura y el servicio, o ambos.
¿Qué es una APP de iniciativa privada?
Es un proyecto estructurado desde el sector privado sin obligación hacia el sector público a reconocerle los costos asociados al desarrollo de la estructuración. En este caso, el proyecto debe pasar por dos etapas: i) prefactibilidad y ii) factibilidad con una validación externa. Se adjudica mediante selección abreviada de menor cuantía y su fuente de financiación puede ser: por parte del Distrito, hasta un 20% del valor de la inversión; el 80% de inversión del privado o el pago por el servicio que presta la infraestructura en su totalidad condicionado a los indicadores del servicio.
Los criterios establecidos por la ley son:
- Interés público
- Estructura de financiación propuesta
- El proyecto sea consistente con el Plan de Desarrollo Distrital y el Plan de Ordenamiento Territorial o norma que lo sustituya o complemente
- No competir en proyectos ya estructurados o en operación en los inmuebles del proyecto.
¿Qué busca el DADEP con este tipo de alianzas?
Generar espacio público e infraestructura que satisfaga las necesidades del entorno inmediato, que aumente los indicadores de espacio público efectivo y los servicios de soporte de la ciudad en bienes fiscales, la recuperación y/o apropiación del uso por parte de los ciudadanos y su sostenibilidad en el tiempo.
¿Qué debes tener en cuenta para presentar una iniciativa privada?
Si estás interesado (a) en la presentación de iniciativa privada, es importante identificar los inmuebles de interés y allegar los documentos establecidos en el Decreto 438 de 2021. A continuación, se anexa un resumen de los mismos.
¿Quieres Estructurar una APP de Iniciativa Privada para el DADEP?
Ten en cuenta:
- Procedimiento APP Normativa vigente – Marco Legal.
- Manual de lineamientos para la generación, recuperación y sostenibilidad del espacio público desarrollados a través de Asociaciones Público Privadas en Bogotá.
Así aparecen las Asociaciones Público Privadas en el Plan de Desarrollo Distrital
- El Acuerdo Distrital 762 de 2020 del 11 de junio de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020- 2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”, numeral 5 del artículo 44 ídem.
- En el Artículo 44 se cita que el mecanismo de Asociación Público Privada, es considerado como un mecanismo de cofinanciamiento de inversión para la ejecución de los programas y proyectos.
Aviso Importante
Se retoma audiencia pública para presentación, sugerencias y comentarios respecto de la factibilidad del proyecto de asociación público privada de iniciativa privada “Hub de movilidad plaza calle 125
Lugar: Instalaciones del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP Cra. 30 No. 25 - 90 Piso 15
Hora: 9:00 AM
Marco Legal
"Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional"
"Lineamientos y pautas para adelantar el procedimiento de estructuración, evaluación y aprobación de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada."
Por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
“Por la cual se delega la coordinación y seguimiento de los asuntos relacionados con los proyectos de asociación público privada y una ordenación del gasto”
"Por la cual se establecen parámetros para la evaluación del mecanismo de asociación público privada como una modalidad de ejecución de proyectos de que trata la Ley 1508 de 2012 y el Decreto número 1467 de 2012."
"Por el cual se modifica el Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional"
"Por la cual se establecen los requisitos y parámetros que deberán cumplir las entidades públicas responsables del desarrollo de proyectos de Asociación Público Privada para solicitar el concepto previsto en el artículo 206 de la Ley 1753 de 2015."
"Por la cual se adicionan, modifican y dictan disposiciones orientadas a fortalecer la contratación pública en Colombia, la ley de infraestructura y se dictan otras disposiciones."
"Evaluación y Priorización de Proyectos de Asociación Público Privada"
"Por el cual se sustituye el artículo 2.2.2.1.2.2 del decreto 1082 de 2015, relacionado con el derecho a retribuciones en proyectos de Asociación Público Privada"
"Lineamientos y pautas para adelantar el procedimiento de estructuración, evaluación y aprobación de los proyectos bajo el esquema de Asociación Público Privada (APP) de iniciativa pública y/o de iniciativa privada."
"Por la cua se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas, se dictan normas orgánicas de presupuesto y se dictan otras disposiciones."